Proyecto Seguridad Alimentaria 2021

Seleccionar Ciento cincuenta (150) proyectos entre los 42 municipios del Departamento del Valle del Cauca para el fomento a proyectos productivos de Seguridad Alimentaria y de Desarrollo para beneficiar a organizaciones de pequeños productores agropecuarios, población escolar de instituciones educativas rurales oficiales, comunidades afrodescendientes, asociaciones de jóvenes rurales, asociaciones de mujeres rurales, asociaciones de adultos mayores, asociaciones de pequeños productores campesinos, población en condición de discapacidad y organizaciones potenciales proveedores al PAE que alienten la diversificación y la innovación productiva. 

Objeto de la convocatoria

El Departamento del Valle del Cauca a través de la Secretaría de Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca actúa como ente articulador entre la nación y el municipio prestando sus servicios de:  Gerencia del desarrollo sostenible del sector agropecuario y pesquero, apoyo y asesoría a los municipios en programas productivos del sector rural, asesoría a las organizaciones de productores, fortalecimiento a las diferentes formas asociativas de productores, facilitador de alianzas estratégicas para  el desarrollo de encadenamientos productivos, generación – estructuración de un sistema de información, fomentar sistemas de producción limpia, promover

CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS AGROPECUARIAS PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS

  • Ser pequeño o mediano productor de acuerdo con la definición establecida en el artículo 3 de la Ley 607 de 2000. (No aplica para las Instituciones educativas rurales)
  • Toda persona natural o jurídica de carácter público o privado que planee la distribución de porcinos con fines de seguridad alimentaria para autoconsumo o comercial deberá contar con la aprobación sanitaria por parte del ICA, por lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 2205 del 2009.
  • Todo tipo de actividad de mejoramiento genético, evaluación de cultivares, produzcan, acondicionen, importen, exporten, almacenen, comercialicen, transfieran a título gratuito y/o usen semillas, plántulas o material micropropagado de todos los géneros y especies botánicos para siembra deberán cumplir con lo dispuesto en la Resolución 970 de 2010.
  • Todo proyecto de tipo pecuario deberá contar con lo dispuesto en la Resolución 2508 de 2012: Toda persona natural o jurídica con predios productores de bovinos, bufalinos, porcinos, équidos, ovinos y caprinos debe registrar o actualizar la información del predio donde se encuentren o se encontrarán los animales.
  • En cumplimiento de la Resolución 3651 de 2014. Se consideran prohibiciones para este tipo de proyectos:
    • Desarrollar los programas en zonas avícolas que sean consideradas de riesgo por la llegada de aves migratorias, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o quien haga sus veces.
    • Desarrollar los programas en zonas avícolas priorizadas por el ICA.
    • Desarrollar los programas en zonas intervenidas por el ICA debido a la presentación de enfermedades inusuales o de control oficial.
    • Entregar un número igual o mayor a 200 aves por familia beneficiada.
    • Entregar pollos de engorde.
    • Entregar aves a (2) o más familias que vivan en un mismo predio.
    • Vacunar contra Laringotraqueitis Aviar con vacunas vivas en las granjas proveedoras de los programas y en los predios beneficiados en zonas no autorizadas por el ICA.
    • Entregar aves con resultados de laboratorio diagnóstico diferentes al oficial, Laboratorio Nacional de Diagnóstico Veterinario (LNDV).
    • Entregar proyectos pecuarios a poblaciones beneficiadas sin una experiencia de manejo certificada.

En virtud de lo anterior, toda la normatividad es aplicable para los proyectos de fortalecimiento al sector agrícola y pecuario.